Se define "PPP" o "P3" como "Proyectos Público-Privados". La utilización más común del concepto se da cuando una entidad de capital privado es contratada por el sector público para desarrollar, mantener y/o administrar un proyecto público.
En este caso se necesita de una inversionista privado quien, con capital propio o apalancándose, estudia, diseña, construye, equipa y habilita lo que el Estado le ha pedido. Cobra por todos esos pasos y normalmente se debe ceñir a supervisiones de calidad, cumplir con estándares definidos, proveer características muy puntuales, etc. El trabajo terminado es entregado al Estado y, a lo sumo, se mantiene un compromiso o contrato de mantenimiento de instalaciones.
Otra aplicación para los P3 son el caso inverso. Es menos común pero sus resultados son sensiblemente más notables. Se trata de que es El Estado quien asume la totalidad de los gastos necesarios para llevar a cabo la obra en cuestión. La iniciativa privada aporta su experiencia y su calidad ejecutando los recursos económicos que se ponen a su disposición para finalizar la obra. Normalmente deben actuar varias entidades privadas en el proceso. Una se encarga de los estudios, otra de los diseños, otra más de la construcción civil, además debe haber otra empresa que equipe técnicamente y otra más que equipe funcionalmente, se involucran empresas de transporte, seguridad, aseguradoras, afianzadoras, etc. en el proceso.
Al final se cuenta con una obra terminada y lista para operar. De nuevo se acude al empresario experto en administrar este tipo de obras y se le contrata para el efecto. Esa empresa se auxilia en otras empresas paralelas para su adecuado funcionamiento.
El Estado, como parte interesada en el proceso, facilita las condiciones para que dicha empresa prospere en el tiempo y cumpla con el cometido originalmente propuesto.
Aplicado a un ejemplo real: Si se trata de un hospital, se estudia su factibilidad desde todos los ángulos que esta práctica recomienda para el tipo de obra. Se diseña, construye, equipa y finaliza la obra. Luego se entrega a un empresario que administrará adecuadamente dicho nosocomio y finalmente se le permite funcionar.
El Estado tiene un riesgo muy alto que es amortiguado por la seriedad y profesionalismo de quienes realizaron los estudios iniciales. Ese riesgo disminuye con un buen ejecutor de obra, con un contratista de equipo profesional y con un administrador de alta y reconocida calidad. Además el Estado puede garantizar que el hospital será financieramente sostenible, pues puede proveer de flujo y liquidez al proporcionar a los enfermos que utilizarán ese centro asistencial, pagándo por supuesto por los servicios prestados.
Sin embargo, ¿qué interés puede tener un administrador en mantener una obra de este tipo sin que surja la tentación de corromperse, sobrevalorar, fingir contratos o incluso gastos? Ese es el detalle. Se propone que el Administrador sea a la vez un deudor del Estado hasta por el monto que haya costado la obra más condiciones financieras blandas. Se estructura un plan de pago que al culminar libere al Administrador de su función y le convierta en propietario del bien. Justa recompensa a un trabajo bien realizado en el transcurrir del tiempo.
Mientras se llega a ese punto el Estado interviene con condiciones atípicas a su conveniencia, sin que dichas condiciones pongan en peligro su propia fuente de pago. Esas condiciones pueden ser, por citar ejemplos, un porcentaje mínimo de personal femenino o discapacitado, una cobertura a personas de escasos recursos como un programa de Responsabilidad Social Empresarial, impulso de proyectos educativos o preventivos dentro del mismo ente empresarial. Centros de Capacitación obligatorios para las actividades de la empresa en sus plazas de más susceptibilidad a rotación o a expansión, etc. Ninguna de estas medidas deben afectar el funcionamiento de la empresa en términos de retorno pero pueden institucionalizarse al cabo del tiempo por condiciones expresas del "dueño original del dinero".
La operación del centro deberá entonces contemplar dentro de su flujo mensual el pago de la obligación adquirida cpon el Gobierno en la figura de una "cuota", y el resto de ingresos se manejarán como cualquier empresa lo haría, creando reservas y repartiendo utilidades.
Ese es el model de PPP que puede ser funcional en países como el nuestro, muy necesitados de inversión y de moderación en le gasto público. El esquema resuelve dos problemas: estimula esa inversión, incluso siendo la misma originada con recursos tributados, y satisface las necesidades de la población.
Hay otros estímulos: provee de caudal político para quien impulse esas obras, evita defraudación o evasión fiscal por poseer en la planilla contralora de la empresa a un representante del mismo estado.
Espero ampliar este concepto y exponer más ejemplos en la próxima oportunidad.

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